Abogados segunda oportunidad en Madrid
En JOMBOLEGIS ayudamos a particulares, autónomos y pequeños empresarios que atraviesan una situación de insolvencia y necesitan encontrar una salida jurídica a sus deudas. Nuestro equipo de abogados de Segunda Oportunidad estudia cada caso de forma individual para determinar si se cumplen los requisitos necesarios y qué alternativa puede resultar más adecuada.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a determinadas personas físicas solicitar la exoneración de deudas cuando concurren las condiciones previstas legalmente. La regulación actual contempla incluso la posibilidad de acceder a la exoneración mediante un plan de pagos sin liquidar previamente todo el patrimonio, dependiendo de las circunstancias del caso.
Cuéntanos tu situación y estudiaremos si puedes acogerte a este mecanismo.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Segunda Oportunidad es un mecanismo previsto en la legislación concursal para personas físicas que no pueden hacer frente regularmente a sus obligaciones económicas.
Su finalidad es permitir que determinados deudores puedan obtener la exoneración del pasivo insatisfecho, siempre que cumplan los presupuestos y requisitos establecidos en la normativa concursal.
No significa que todas las deudas desaparezcan automáticamente ni que cualquier persona pueda acogerse al procedimiento. Por eso, antes de
solicitar la Ley de Segunda Oportunidad es fundamental analizar la situación económica, patrimonial y jurídica del deudor.

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¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Este mecanismo está dirigido a personas físicas, tanto particulares como autónomos, que se encuentran en una situación de insolvencia. Antes de iniciar el procedimiento estudiamos aspectos como:
- Importe y naturaleza de las deudas.
- Número y tipo de acreedores.
- Ingresos disponibles.
- Bienes y patrimonio.
- Procedimientos judiciales o ejecuciones existentes.
- Existencia de vivienda habitual.
- Situación profesional.
- Circunstancias que han provocado la insolvencia.
No recomendamos
cogerse a la Ley de Segunda Oportunidad sin realizar previamente este análisis, porque la viabilidad depende de las circunstancias concretas de cada caso.
Requisitos para solicitar la Segunda Oportunidad
Para acceder a la exoneración deben cumplirse los requisitos previstos en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
El juzgado debe verificar que concurren los presupuestos legales antes de conceder la exoneración.
Por ello, nuestros abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad revisan previamente la documentación y situación del cliente para determinar si existe una base suficiente para iniciar el procedimiento.
La preparación correcta del expediente resulta especialmente importante para reducir incidencias y evitar iniciar un procedimiento que no encaje con las circunstancias del deudor.
¿Qué deudas pueden incluirse en una Segunda Oportunidad?
Una de las primeras preguntas que recibimos es qué ocurre con las diferentes obligaciones pendientes.
Dependiendo del caso, el procedimiento puede afectar a deudas como:
- Préstamos personales.
- Tarjetas de crédito.
- Microcréditos.
- Descubiertos bancarios.
- Deudas con proveedores.
- Créditos derivados de actividades profesionales.
- Determinados avales y obligaciones personales.
- Parte de determinadas deudas públicas dentro de los límites establecidos legalmente.
La posibilidad real de exoneración debe estudiarse deuda por deuda. Por eso, cuando hablamos de segundas oportunidades para deudas, no planteamos soluciones genéricas: revisamos quién es el acreedor, el origen de la obligación y su naturaleza jurídica.
¿Qué deudas no se pueden cancelar?
La normativa establece excepciones y limitaciones a la exoneración.
Por ejemplo, existen determinadas obligaciones que pueden quedar fuera del beneficio o estar sujetas a límites específicos.
Esto significa que no es correcto prometer una cancelación universal de todas las deudas.
En JOMBOLEGIS explicamos desde el principio:
- Qué deudas pueden ser potencialmente exonerables.
- Cuáles presentan limitaciones.
- Qué obligaciones pueden mantenerse después del procedimiento.
- Qué consecuencias puede tener cada alternativa.
Nuestro objetivo es que el cliente conozca el escenario real antes de tomar una decisión.
Preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad
¿Cómo puedo saber si puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
Es necesario estudiar tu insolvencia, deudas, patrimonio y demás circunstancias para comprobar si cumples los requisitos establecidos por la legislación concursal.
¿Puedo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad si soy autónomo?
Sí. El mecanismo puede aplicarse a personas físicas, incluidos autónomos, siempre que concurran los requisitos correspondientes.
¿Puedo solicitar una Segunda Oportunidad si tengo varias tarjetas y préstamos?
Este tipo de obligaciones puede formar parte del análisis del procedimiento. Es necesario revisar cada deuda y su naturaleza antes de determinar qué tratamiento puede recibir.
¿Se cancelan todas las deudas?
No necesariamente. Existen categorías de deuda excluidas o sujetas a limitaciones. Antes de iniciar el procedimiento te explicamos qué obligaciones podrían verse afectadas.
¿Necesito un abogado para tramitar la Segunda Oportunidad?
El procedimiento tiene naturaleza concursal y judicial, por lo que contar con asesoramiento especializado permite preparar el expediente, valorar los requisitos y dirigir correctamente las actuaciones necesarias.
¿Qué documentos necesito?
Habitualmente será necesario recopilar información sobre ingresos, acreedores, préstamos, contratos, patrimonio, procedimientos judiciales y otras obligaciones económicas. La documentación exacta dependerá del caso.
¿Cómo puedo solicitar una valoración?
Puedes contactar con JOMBOLEGIS, explicar brevemente tu situación y facilitar la información necesaria para que podamos estudiar la viabilidad del procedimiento.
¿Es mejor actuar antes de que comiencen los embargos?
En general, disponer de asesoramiento cuanto antes permite analizar más opciones y organizar mejor la documentación y la estrategia. Si ya existen reclamaciones o ejecuciones, también conviene comunicarlo durante la primera valoración.
Rellene el formulario y le contactaremos para entender mejor su caso.
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